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Constitución de Sociedades

¿Qué es una Sociedad?

La sociedad es un contrato en el cual dos o más personas acuerdan combinar sus recursos con el objetivo de distribuir entre sí los beneficios resultantes. Conforme al artículo 2053 del Código Civil, la sociedad constituye una entidad jurídica separada de los socios considerados de forma individual.

Sociedad Anónima

La sociedad anónima es una persona jurídica que se constituye mediante la reunión de un fondo común aportado por accionistas, quienes son responsables únicamente por sus respectivas contribuciones. Esta sociedad es administrada por un directorio compuesto por miembros que pueden ser revocados. Es importante destacar que la sociedad anónima se considera siempre de naturaleza mercantil, incluso si se forma con el propósito de llevar a cabo negocios de carácter civil, según lo establecido en el Artículo 1° de la Ley 18.046.

CUESTIONES RELEVANTES SOBRE LA SOCIEDAD ANÓNIMA.

Sociedad Anónima

La sociedad de responsabilidad limitada es un contrato que debe formalizarse mediante escritura pública y posteriormente inscribirse en el Registro de Comercio. Además, se requiere la publicación de un extracto en el Diario Oficial en un plazo de 60 días. Es importante cumplir con estos requisitos formales para el correcto establecimiento de la sociedad.

En una sociedad de responsabilidad limitada, el número de socios no puede exceder los 50.

Es necesario que exista una declaración explícita en la cual los socios acepten que su responsabilidad se limita al monto de sus aportes o a una cantidad mayor a la que se han comprometido.

La duración de la sociedad de responsabilidad limitada estará especificada en el contrato. En caso de que el contrato no establezca una duración específica, la sociedad se considerará vigente durante toda la vida de los asociados, a menos que renuncien.

Sociedad por Acciones

1. Nombre de la sociedad.
2. Objeto de la sociedad ( actividad que realizará)
3. Capital y en número de acciones que se divide.
4. Forma como se llevara a cabo la administración de la sociedad, y designaran representantes.
5. Duración de la sociedad por acciones.