Para comenzar debemos señalar que si tu empleador da termino al contrato de trabajo por algunas de las causales del artículo 160 del Código del trabajo, podrá no pagar las indemnizaciones. Es por esto, que muchas veces las causales que se invocan para poner fin a la relación laboral afectan al trabajador, dado que en los hechos facticos están no se configuran, en este caso procederá la demanda de despido injustificado.
El artículo 168, del código del trabajo establece que si el trabajador cuyo contrato laboral termine por aplicación de una o más de las causales establecidas en los artículos 159, 160 y 161, y que considere que dicha aplicación es injustificada, o que no se haya invocado ninguna causal legal, podrá iniciar una acción judicial ante el tribunal laboral competente. (Demanda de despido injustificado)
Efectivamente, el trabajador tienes un plazo de 60 días para presentar la demanda de despido injustificado ante el tribunal competente, este plazo se debe contar desde que se produce la separación laboral.
La ley específicamente no lo exige denuncia previa ante la inspección del trabajo para interponer demanda de despido injustificado. Sin embargo, nuestros abogados expertos en derecho laboral, recomiendan realizar una denuncia ante la inspección del trabajo, dado que si demandas por un monto inferior a 10 utm, la ley exige este trámite.
A mayor abundamiento, debes dirigirte a la inspección del trabajo lo más pronto posible desde que ocurre la separación, con todos los datos de tu empleador, tales como nombre, dirección, rol único tributario de la empresa, nombre de representante legal, contrato de trabajo, entre otros. Asimismo, en dicha instancia debes dejar constancia que la causal invocada por tu empleador para poner término de contrato laboral es injustificado o improcedente, en otras palabras que estás la situación de despido injustificado.
Asimismo, es menester destacar que una vez interpuesto el reclamo Ante la Inspección del Trabajo, se suspenderá el plazo de 60 días hasta el comparendo de conciliación.
Se recomiendan al trabajador no firmar el finiquito si no se está de acuerdo con la causal invocada para poner término al contrato laboral, o si no se han pagado las indemnizaciones correspondientes. En efecto, Si se ambas partes firman se entienden extinguidas las obligaciones entre las partes. Ahora bien, puede que el finiquito adolezca de un vicio de nulidad y se puede de igual manera podrías presentar una demanda de despido injustificado contra el empleador.
En caso de obtener una sentencia favorable en un juicio sobre despido injustificado el tribunal puede ordenar al pago de las siguientes indemnizaciones:
Además, el artículo 168 del Código del Trabajo establece una sanción para el empleador en caso de que se declare que el despido ha sido injustificado, se le aplicará una sanción al empleador, debiendo aumentar la indemnización de aviso previo de la siguiente manera:
+56 9 5730 9700
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