La posesión efectiva es el acto por el cual se reconoce legalmente a una persona como heredera del causante. Este acto puede ser otorgado mediante una resolución judicial, cuando se presenta un testamento aparentemente válido en el que se instituye al heredero, o bien por medio de una resolución administrativa emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación, a quien acredite su estado civil que le da derecho a la herencia. Es importante destacar que una vez concedida la posesión efectiva, tanto en casos de sucesión testamentaria como intestada, los herederos podrán disponer legalmente de los bienes del causante.
La obtención de la posesión efectiva testamentaria implica que el fallecido dejó un testamento válido, y su solicitud debe presentarse ante el Tribunal Civil correspondiente. En cambio, si el fallecido no dejó un testamento válido, el trámite de obtención de la posesión efectiva debe realizarse ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.
La obtención de la posesión efectiva se realiza a través de una solicitud presentada ante el Servicio de Registro Civil e Identificación. Tanto los herederos como un tercero pueden realizar dicha solicitud, la cual requiere completar un formulario descargable desde el sitio web del Servicio.
Es importante destacar que los herederos deben contar con una serie de documentos y datos necesarios para completar el formulario. Estos son:
La obtención de la posesión efectiva se realiza mediante una solicitud presentada ante el tribunal civil competente, tal como se mencionó anteriormente. A continuación, se detallan los requisitos necesarios:
+56 9 5730 9700
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